El Consejo de Estado ha emitido una resolución trascendental, declarándose competente para tramitar una demanda de pérdida de investidura contra el actual presidente Gustavo Petro. Esta decisión se fundamenta en hechos ocurridos durante su etapa como senador de la República, marcando un hito jurídico y político en el país. La Sala Plena del alto tribunal abordó este complejo caso tras un prolongado y profundo debate jurídico. La principal interrogante giraba en torno a la posibilidad de analizar una demanda de esta naturaleza, considerando que Petro ostenta actualmente la Presidencia y goza del fuero especial de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.
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La demanda original fue interpuesta en noviembre de 2022, apenas unas semanas después de que Gustavo Petro asumiera la Presidencia de la República. El expediente, que se abrió formalmente en febrero de 2023, permaneció prácticamente inactivo durante casi dos años, generando expectación sobre su futuro. Finalmente, la Sala Plena del Consejo de Estado se reunió el 10 de febrero de 2026 para determinar si era viable estudiar la solicitud, a pesar de que el demandado ya no ocupaba su curul en el Senado.

En su análisis, la Sala consideró crucial que la reclamación se refiere específicamente a hechos acontecidos durante el período parlamentario de Petro. A pesar de que el demandado es ahora el jefe de Estado, los sucesos bajo investigación corresponden inequívocamente a su etapa como congresista, lo que fue determinante para la decisión. Según reportó El Tiempo, la pregunta central que guio el debate fue contundente: «¿Debe resolverse si el Consejo de Estado es competente para conocer de una solicitud de pérdida de investidura de senador cuando el demandado es Presidente de la República en ejercicio?». Esta cuestión sentó las bases para una decisión de gran calado.
Los explosivos argumentos de la demanda y los hechos bajo lupa
El proceso judicial contra el presidente Petro se fundamenta en supuestas inasistencias injustificadas a varias sesiones plenarias del Senado durante el año 2018. La demanda detalla que el entonces senador habría faltado a un mínimo de cinco sesiones sin presentar una justificación adecuada que respaldara sus ausencias. Una de las ausencias más señaladas corresponde al 28 de agosto de 2018, cuando Petro no asistió a la plenaria programada. La excusa médica presentada por su médico particular, Jorge Barrios, alegaba una tortícolis, pero, crucialmente, no fue transcrita ni convalidada con la EPS Sanitas a la que estaba afiliado el congresista, incumpliendo el reglamento.

La demanda subraya además una práctica preocupante: la costumbre de algunos congresistas de recurrir a «consultorios de garaje» para justificar sus inasistencias. Por ello, se insiste en la necesidad de que el empleo público implemente instancias más rigurosas para controlar a los servidores públicos que utilizan estas tácticas para eludir sus responsabilidades. El demandante exige la aplicación del parágrafo 2 del artículo 183 de la Constitución Política de Colombia. Este apartado contempla la pérdida de investidura por la «inasistencia, en un mismo período de sesiones, a seis reuniones plenarias en las que se voten proyectos de acto legislativo, de ley o mociones de censura», un punto clave en la acusación.
Giro inesperado: El Consejo de Estado cambia de rumbo y admite el proceso
Es importante recordar que en noviembre de 2022, el propio Consejo de Estado había sostenido una postura diferente, declarándose incompetente para conocer demandas de pérdida de investidura contra congresistas que ya ejercían como Presidente. El argumento principal era el fuero presidencial adquirido, que parecía blindar al mandatario.

No obstante, un nuevo recurso presentado por el demandante provocó un giro dramático, llevando a la Sala Plena a reconsiderar y finalmente admitir la demanda. Según reporta Semana, los magistrados dictaminaron que «sí tienen competencia y ahora tendrá que investigar al mandatario por la demanda que llegó en su contra» por su pasado como congresista.La revista detalló que la causal invocada en el recurso está claramente contemplada en el artículo 183 de la Constitución. El proceso iniciará en primera instancia en la jurisdicción contencioso-administrativa, y ya se ha reconocido la personería jurídica de Pedro Alejandro Carranza como abogado defensor del presidente Petro.

¿Qué consecuencias puede tener esta decisión? El impacto en el pulso institucional
Según análisis de El Tiempo, la decisión del Consejo de Estado no tendría un efecto real inmediato sobre la actual posición de Petro, dado que ya no ocupa su escaño en el Senado. Sin embargo, este caso podría sentar una jurisprudencia de enorme relevancia sobre la competencia de los tribunales.La resolución podría definir cómo se manejan futuras demandas de pérdida de investidura cuando el implicado ha cambiado de cargo y goza de fuero especial. Además, esta decisión intensifica el ya tenso debate institucional entre el mandatario y las altas cortes, en un contexto de previas diferencias sobre investigaciones relacionadas con su gobierno.
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