Con el propósito de fortalecer la seguridad vial y proteger a quienes usan la bicicleta como medio de transporte, la Secretaría Distrital de Movilidad reiteró que las ciclorrutas en Bogotá son de uso exclusivo para bicicletas convencionales, bicicletas de pedaleo asistido y patinetas, de acuerdo con la normatividad vigente. El tránsito de ciclomotores, tricimotos y motocicletas en esta infraestructura está prohibido, pues por las altas velocidades que pueden alcanzar, representan un riesgo para la integridad de ciclistas y peatones, considerados los actores más vulnerables en la vía. Estos vehículos deben movilizarse únicamente por la calzada, como cualquier otro automotor.
Vehículos que sí pueden circular por ciclorrutas:
Bicicletas convencionales
Bicicletas de pedaleo asistido
Patinetas
Vehículos que no pueden circular por ciclorrutas:
Ciclomotores, motociclos o mopeds
Tricimotos
Motocicletas
Requisitos para conducir un ciclomotor:
En el caso de los ciclomotores, la Secretaría recordó que sus conductores deben portar:
Licencia de conducción categoría A1
SOAT vigente
Certificado de revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes
Casco de seguridad
Licencia de tránsito del vehículo
Más señalización en la ciudad: Para reforzar esta medida, la entidad ha instalado señalización vertical en más de 100 puntos de la red de ciclorrutas, con el fin de indicar de manera clara la restricción de paso para ciclomotores y otros vehículos motorizados. Con estas acciones, el Distrito busca garantizar la seguridad de los ciclistas y usuarios de patinetas, quienes día a día hacen parte de la transformación de la movilidad en la capital.